Calcula la pensión alimenticia orientativa con los baremos del Consejo General del Poder Judicial. Resultado en 60 segundos, sin registro y gratis.
Datos económicos
Introduce los ingresos netos mensuales de cada progenitor. Si no conoces el dato exacto, usa una estimación.
Hijos y custodia
El número de hijos y el tipo de custodia son los factores que más influyen en el cálculo.
Factores que el juez también valorará
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La pensión alimenticia es la cantidad que uno de los progenitores debe abonar mensualmente para cubrir los gastos básicos de los hijos tras una separación o divorcio. En España no existe una cifra fija establecida por ley: el juez la determina atendiendo a las circunstancias concretas de cada familia.
Para orientar estas decisiones, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) publicó unas tablas orientativas que tienen en cuenta los ingresos netos del progenitor que paga, el número de hijos menores y el índice de vida de cada Comunidad Autónoma. Estas tablas son la referencia más utilizada en los juzgados de familia de todo el país.
El proceso habitual comienza cuando el juez solicita a ambos progenitores que acrediten sus ingresos mediante nóminas, declaraciones de la renta u otros documentos. A partir de esos datos, y tomando como referencia las tablas del CGPJ, se fija una cantidad mensual que el progenitor no custodio abona al custodio para sufragar los gastos del menor. Esta cifra puede revisarse en cualquier momento si cambian sustancialmente las circunstancias económicas de alguna de las partes.
Según el artículo 142 del Código Civil, la pensión alimenticia cubre lo indispensable para el sustento, habitación, vestido, asistencia médica, educación e instrucción del menor. Los gastos extraordinarios —actividades extraescolares, tratamientos médicos no cubiertos, viajes escolares— se pactan y reparten por separado entre los progenitores.
Es importante distinguir entre los gastos ordinarios, que son los que cubre la pensión mensual (alimentación, ropa, material escolar, transporte habitual), y los gastos extraordinarios, que son imprevisibles o no periódicos. Estos últimos suelen repartirse al 50% entre ambos progenitores, salvo que la diferencia de ingresos sea muy notable, en cuyo caso el juez puede establecer un reparto proporcional.
El tipo de custodia es el factor que más modifica el importe. En la custodia monoparental, el progenitor que no convive habitualmente con el hijo abona una pensión mensual al otro. En la custodia compartida, ambos progenitores asumen los gastos de forma proporcional a sus ingresos: si ganan lo mismo, la compensación puede ser mínima o nula; cuanto mayor es la diferencia de ingresos, mayor es la compensación económica.
En los últimos años la custodia compartida ha ganado terreno en los tribunales españoles. Cuando se establece este régimen, el cálculo de la pensión cambia radicalmente: ya no se trata de que uno pague al otro una cantidad fija, sino de que ambos contribuyan proporcionalmente a los gastos del hijo según sus respectivos ingresos. Si uno gana el doble que el otro, asumirá aproximadamente el doble de los gastos comunes. Lee nuestra guía completa sobre pensión en custodia compartida con ejemplos y jurisprudencia del TS.
Uno de los aspectos menos conocidos del cálculo es el índice corrector por Comunidad Autónoma. El CGPJ establece que el coste de vida varía significativamente entre territorios, por lo que las tablas incluyen un multiplicador que ajusta la pensión según donde resida el menor.
Comunidades como el País Vasco o Navarra tienen índices superiores a la media nacional, lo que se traduce en pensiones más altas. Por el contrario, comunidades como Extremadura o Castilla-La Mancha tienen índices por debajo de la media. Esta diferencia puede suponer decenas de euros al mes, por lo que es importante introducir correctamente la comunidad autónoma en el cálculo. Si eres autónomo, lee nuestra guía específica sobre cómo se calculan los ingresos reales.
La gran mayoría de sentencias de divorcio o separación incluyen una cláusula de revisión anual de la pensión alimenticia vinculada al Índice de Precios al Consumo (IPC). Esto significa que cada año, normalmente en enero, la pensión se actualiza automáticamente según la variación del IPC publicada por el Instituto Nacional de Estadística (INE).
Si tienes una sentencia de hace varios años y no has actualizado la pensión, puede que estés pagando o cobrando una cantidad que ya no refleja el coste real de vida actual. Nuestra calculadora de actualización por IPC completa te permite conocer en segundos cuánto debería ser la pensión actualizada a 2026, usando los datos oficiales del INE desde 2017, y calcular también los atrasos pendientes (prescripción a 5 años según art. 1966.1 CC).
La mayoría de sentencias incluyen revisión anual según el IPC. Cálculo rápido año a año aquí. Para precisión mensual y cálculo de atrasos prueba la calculadora IPC completa.
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